El Consejo Andaluz de Colegios de Enfermería (CAE) se adhiere al Consejo General de Enfermería (CGE) y aplaude la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de admitir parcialmente un recurso contra la resolución de la directora general de personal del Ministerio de Defensa, por la que se inadmite la solicitud formulada por los recurrentes, al amparo del derecho de petición, instando que se desarrolle la disposición final sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
El Consejo Andaluz de Colegios de Enfermería (CAE) se suma al posicionamiento remitido por el Consejo General de Enfermería (CGE) en el que se aplaude la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de admitir parcialmente un recurso que presentaron 71 oficiales enfermeros de las Fuerzas Armadas contra la resolución de la directora general de personal, dictada por delegación de la ministra de Defensa, por la que se inadmite la solicitud formulada por los recurrentes, al amparo del derecho de petición, instando que se desarrolle la disposición final sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
En esta, se pide al Gobierno que elabore y remita al Congreso de los Diputados un proyecto normativo que regule definitivamente el régimen, escalas y cometidos del Cuerpo Militar de Sanidad de las Fuerzas Armadas, una vez concretadas, en el ámbito de las Administraciones Públicas, las titulaciones exigidas para su ejercicio, produciéndose la integración de la Escala de Oficiales Enfermeros en la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad.
Así, los 71 enfermeros militares acudieron a esta vía después de que el Ministerio de la Presidencia remitiese el expediente al Ministerio de Defensa y este último no admitiese la solicitud formulada.
Los interesados demandaban el inicio de la tramitación normativa necesaria, debido a la situación que afecta a los componentes de la Escala de Oficiales Enfermeros, invocando un evidente agravio comparativo frente al resto de oficiales, lo que implica una vulneración del derecho a la Igualdad ante la Ley, reconocido por los artículos 9 y 14 CE. El objetivo final sería conseguir que los enfermeros puedan acceder a todos los puestos militares, incluyendo el de General.
Motivos para inadmitir la solicitud
Entre los motivos que se resaltaron para inadmitir la solicitud se encuentra que los enfermeros la presentaron de forma colectiva y deberían haberlo hecho de forma individual. Por esto, la sentencia de la Audiencia Nacional anula el procedimiento, con retroacción de las actuaciones al momento de la presentación de la solicitud a fin de que por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática se requiera a los recurrentes para que en el plazo de quince días subsanen el defecto advertido, presentando individualmente la petición, bajo apercibimiento de tenerlos por desistido en caso de no verificarlo, debiendo continuar posteriormente el procedimiento conforme a sus trámites legales.