Cumplido un año de la publicación del RD de prescripción enfermera, diez CC.AA. no han regulado aún el procedimiento de acreditación. Andalucía, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana y Navarra, así como el Ministerio de Defensa, ya han regulado la acreditación de todos aquellos profesionales del servicio autonómico de salud que reúnen el requisito de contar con un año o más de experiencia profesional como enfermero/a. Desde la Mesa resaltan que también es imprescindible prever el sistema de acceso a dicha acreditación para los profesionales que trabajan en el sector privado y autónomos, así como dentro del sector público, en ámbitos diferenciados al correspondiente servicio autonómico de salud. Una situación que persiste en Andalucía un año después de que viera la luz el RD
La Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por el Consejo General de Enfermería (CGE) y el Sindicato de Enfermería, SATSE, ha solicitado a los consejeros/as de Sanidad de diez comunidades autónomas, así como a INGESA (Ceuta y Melilla), que regulen a la mayor brevedad posible el procedimiento de acreditación de las enfermeras y enfermeros para que puedan indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano con el fin de no alterar el normal funcionamiento de la asistencia sanitaria.
En una carta remitida por el presidente de SATSE, Manuel Cascos, y el presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez Raya, la Mesa de la Profesión Enfermera recuerda a los consejeros de Sanidad de Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Euskadi, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid y Murcia, así como a INGESA (Ceuta y Melilla), que, transcurrido ya un año desde que fue publicada la modificación del Real Decreto de prescripción enfermera, aún no han cumplido con el requisito de acreditar a las enfermeras y enfermeros.
Según establece este Real Decreto, para el desarrollo de las actuaciones relativas a la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos y no sujetos a prescripción médica y de productos sanitarios de uso humano, es necesaria la previa acreditación de los enfermeros y enfermeras, tanto de los responsables de cuidados generales como de los de cuidados especializados. Una acreditación que, según también estipula la citada normativa, será regulada por las comunidades autónomas, en concreto, por la persona titular del órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, apuntan desde la Mesa de la Profesión Enfermera.
La Mesa de la Profesión Enfermera asevera, además, que se hace precisa esta acreditación para que las/os enfermeras/os puedan llevar a cabo lo establecido para las campañas de vacunación, entre las que se encuentra la campaña de vacunación de la gripe que en breve dará comienzo.
Hasta la fecha, han sido siete autonomías (Andalucía, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana y Navarra) y el Ministerio de Defensa, quienes han regulado dicho procedimiento y han determinado la acreditación de oficio de todos aquellos profesionales de Enfermería que en el ámbito de su respectivo servicio de salud reúnen el requisito de contar con un año o más de experiencia profesional como enfermero/a.
Asimismo, la Mesa subraya que la acreditación está referida tanto a medicamentos no sujetos a prescripción médica como a los que sí están sujetos a prescripción médica, razón por la cual resulta necesario y urgente que aquellas comunidades autónomas que todavía no han regulado dicho procedimiento, lo hagan a la mayor brevedad posible, dado que el derecho de los profesionales que reúnan los requisitos establecidos en la norma a ser acreditados está establecido legalmente sin excepciones.
Acreditación en el sector privado, autónomos y otros ámbitos públicos
Por otra parte, la Mesa de la Profesión Enfermera resalta que también es imprescindible prever el sistema por el cual aquellos profesionales que no trabajan en el servicio autonómico de salud pero que lo hacen en otros ámbitos del sector público, en el sector privado o como autónomos, puedan acceder igualmente a dicha acreditación si cumplen los requisitos exigidos, dado que el derecho a acceder a la acreditación está establecido para todos los profesionales sin distinguir en qué ámbito ejerzan. Una situación que, lamentablemente, se da en Andalucía y a la que el Ejecutivo andaluz continúa sin ofrecer una solución tras un año de la publicación en el BOE del RD de prescripción enfermera.
Por todo ello, se reitera a los responsables autonómicos que se apruebe el procedimiento de acreditación de todos los enfermeros y enfermeras, independientemente del ámbito en el que ejerzan, como requisito previo y necesario para poder indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano y que, seguidamente, se pongan en marcha todos los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo la orden de dispensación enfermera.